EL SUSURRO CLANDESTINO

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"La Inducción sin abducción es ciega, la abducción sin inducción es vacía" "Jugar al juego por el bien del juego"

miércoles, 31 de diciembre de 2014

Las clausulas en el contrato de los analistas

Algo muy extendido en EE.UU que no sé si lo está tanto en España. Las clausulas en el contrato varían dependiendo de los intereses de la compañía o empresa que contrata, pero habitualmente dos son obligadas. La primera hace referencia a la prohibición de dar información sensible de la compañía a terceras partes interesadas y la segunda a la empleabilidad después de abandonar la compañía. Normalmente las empresas suelen curarse en salud y atan un periodo que puede ir de un año hasta los cinco (dependiendo de la compañía) en los que el interesado no puede trabajar para una empresa considerada competencia directa de la primera después de haber abandonado la primera.

Es importante que se especifique con sus respectivos nombres que compañía o compañías considera la empresa como competencia directa para evitar malentendidos a posteriori. No sería el primer caso en el que esto ha generado problemas de todo tipo.

Respecto a lo de pasar información conscientemente, todo el mundo sabe lo que se juega. No sólo cuantiosas multas, sino el desprestigio profesional si llega a probarse que has sido tú el que ha pasado la información sensible sobre futuros proyectos o lineas de investigación en curso.

Hay otro apartado que ya ha causado disgustos. Esto es, cuando trabajes para una empresa y te inviten a dar conferencias o impartir clases, no se te ocurra compartir información de la empresa o sobre los trabajos que estás llevando a cabo (aunque sean tuyos) sin el consentimiento explícito de ésta. Ten por seguro que la empresa terminará por enterarse y no va a dudar ni dos segundos en ponerte de patitas en la calle. Solo un ejemplo. Los datos estadísticos con los que trabajamos y estudiamos en la universidad y que normalmente son datos reales de alguna compañia, requieren el permiso expreso de ésta. Y aún así, jamás se especifica el nombre de la compañia en cuestión para impedir su asociación con dichos datos. Si esto sucede con datos en bruto, no hablemos ya de lo que puede suponer compartir procedimientos de análisis o metodología.

Todo tiene su cara positiva. Cuando te contraten y pongan encima de la mesa estás claúsulas, sabrás que estás tratando con una empresa seria y que sabe de qué va el asunto. No sólo se está evitando problemas ella misma, sino que te los está evitando a tí advirtiéndote de los peligros de caer en la tentación. No nos dejes caer en la tentación...aunque lleve minifalda. ¿Sabéis por qué una buena conferencia debe ser como una minifalda? Porque debe ser corta y enseñar mucho. Sólo un poco de humor...sin machismo ¿eh?.

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