EL SUSURRO CLANDESTINO

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"La Inducción sin abducción es ciega, la abducción sin inducción es vacía" "Jugar al juego por el bien del juego"

miércoles, 25 de enero de 2012

SITEL: SISTEMA DE INTERCEPTACIÓN DE TELECOMUNICACIONES


Yo lo llamo el hermano pequeño de la NSA. Permite la captación total de las comunicaciones móviles y virtuales en España. Actualmente la Policía Nacional, la Guardia Civil y el CNI tienen acceso a tan extraordinaria como polémica herramienta (Bazán, Marzo 2010). 

SITEL es un sistema informático desarrollado por Ericsson y utilizado por el Ministerio del Interior, capaz de almacenar todas las conversaciones telefónicas y mensajes entre móviles y a través de Internet, e identificar los datos relativos a las mismas. No es puramente un sistema de interceptación de comunicaciones sino un auténtico programa de seguimiento y control de las comunicaciones y de las personas. El sistema puede controlar números de teléfono de origen y destino de llamada, o hacia los que se transfieren las llamadas; nombres y direcciones de abonados o usuarios registrados de origen y destino. Si se trata de datos de acceso a Internet, correo electrónico por Internet y telefonía por Internet: identificación de usuario asignada, números de teléfono asignados a toda comunicación que acceda a la red pública de telefonía y nombre y dirección del abonado o del usuario registrado al que se le ha asignado en el momento de la comunicación una dirección de Protocolo de Internet (IP), una identificación de usuario o número de teléfono; identificación de usuario o número de teléfono del destinatario o de los destinatarios de una llamada telefónica por Internet. Los nombres y direcciones de los abonados o usuarios registrados y la identificación de usuario del destinatario de la comunicación. Es la Dirección General de Infraestructuras y Material de Seguridad (dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad), la que dirige y coordina SITEL, como ha publicado el mismo titular de esa Dirección General (Luengo Alfonso, 2009, p.159).

En teoría, como sabemos, los cuerpos y fuerzas de Seguridad del Estado necesitan la autorización de un juez para intervenir las comunicaciones de los ciudadanos. Y yo me inclino a pensar que así es en la mayoría de los casos. O, al menos, así debería ser en un Estado de derecho como el nuestro.

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